Conoce la nueva Ley de Modos. | Periódico Los Ríos

Entra en vigencia de nueva “Ley de Modos”

La ley fue publicada el 10 de mayo de 2018. La entrada en vigencia es este domingo 11 de noviembre. Se definen nuevos modos de transporte y se diferencian aquellos motorizados de los que no son motorizados, dentro de los cuales se encuentran los “ciclos”, que son moviles de una o más ruedas propulsados por las personas situadas en ellos, por ejemplo las bicicletas, patinetas, patines, monopatines, etc. Además, asimila a los ciclos los vehículos con asistencia eléctrica con potencia máxima de 0,25 kw y que no superen los 25 km/hr.

Resumen de los principales aspectos de la ley:

  1. Nuevas definiciones

Se definen nuevos modos de transporte y se diferencian aquellos motorizados de los que no son motorizados. Dentro de los vehículos no motorizados se encuentran los “ciclos”, que son vehículos de 1 o más ruedas propulsados por las personas situadas en ellos, por ejemplo las bicicletas, patinetas, patines, monopatines, etc. Además, asimila a los ciclos los vehículos con asistencia eléctrica con potencia máxima de 0,25 kw y que no superen los 25 km/hr.

  1. Incorporación de normas de circulación para bicicletas, ciclos y otros

Prohibición de que los ciclos puedan circular por la vereda

Tal como la ley de tránsito lo establece desde su entrada en vigencia en 1985, los vehículos tienen la obligatoriedad de circular por la calzada.

La nueva normativa define concretamente que los ciclos deben circular por las ciclovías (si éstas existen) o por la calzada.

También se establecen los casos excepcionales que podrán circular por las veredas: adultos en bicicleta con acompañante niño menor de 7 años, niños conductores de bicicleta menores de 14 años, personas con discapacidad y adultos mayores.

Distancia mínima de 1,5 metros para adelantar a ciclista

Se establece una distancia mínima para adelantar a un ciclista de 1,5 metros, permitiendo así una mayor seguridad para este tipo de vehículos cuando deban desplazarse por la calzada.

Estándar de ciclovías

La ley establece que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones defina las condiciones técnicas, de gestión, operación y seguridad de las ciclovías. El objetivo es procurar un desplazamiento seguro tanto de los ciclistas como de otros modos de transporte que interactúan en el espacio vial. Las futuras ciclovías tendrán que construirse bajo las características de operación que defina el MTT.

La ley además busca igualar los estándares de todas las ciclovías del país. En ese sentido, las ciclovías que no cumplen con el alto estándar, deben implementar las mejoras correspondientes dentro de 3 años.

Zonas de tránsito calmado en áreas residenciales:

Se establece que los municipios tengan la facultad de implementar zonas de tránsito calmado conforme al reglamento del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Estas zonas son espacios geográficos en que se establecen límites de velocidad para resguardar la seguridad de peatones o ciclistas (p.ej. 30 km/h). Se implementan principalmente en áreas residenciales, de alto flujo peatonal, cerca de escuelas, etc.

“Zona de Salida adelantada” (motobox / bicibox)

Se establece que los municipios tengan la facultad de implementar “Zonas de Salida adelantada” para motociclistas o ciclistas. Son espacios exclusivos para la detención de motos / bicis antes de la senda peatonal, que permiten que las motos / bicis se sitúen por delante del resto de los vehículos cuando el semáforo está en rojo, y puedan iniciar la marcha anticipadamente cuando se prende la luz verde.

La existencia de una zona exclusiva de motos / bicis para salida adelantada tiene varios beneficios, entre ellos destacan que mejora la fluidez del tránsito y la convivencia de las motocicletas / ciclistas con el resto de los vehículos, mejora el desplazamiento y la seguridad de los motociclistas, ciclistas automovilistas y peatones, mejora la visibilidad de las motos / bicis y evita que realicen maniobras peligrosas.

Ejemplo Motobox: La primera experiencia piloto con este tipo de demarcación se implementó en Chile durante el 2015 en el eje de Alameda, en las intersecciones con las calles Cienfuegos, Brasil y Ricardo Cumming.

Ciclos y motocicletas pueden adelantar los vehículos en detención

Se permite a ciclos y motocicletas el adelantamiento para llegar a la zona de salida adelantada. Eso, siempre y cuando los vehículos se encuentren detenidos.

Seguridad Vial en el examen de conductor

En el examen teórico se incluye la temática conducta vial que se aborda a través de la convivencia y de la seguridad, con el fin de que los conductores sean mejor preparados y conduzcan con mayor respeto hacia peatones y ciclistas.

Estándares para equipamiento de ciclistas

Se crean estándares para para el equipamiento que pueden usar los ciclistas en sus vehículos, tales como carros de arrastre o sillas para niños.

Reglas de circulación para los ciclos

Se establecen reglas claras de circulación, como por ejemplo:

Excepciones a la obligación de transitar por la pista derecha de la calzada, por ejemplo en caso de existir una pista de uso exclusivo de buses.

Conducir atento a las condiciones del tránsito, sin utilizar elementos que dificulten sus sentidos de visión y audición.

Cómo utilizar un cruce peatonal con un ciclo.

Lugares permitidos para estacionar la bicicleta.

Entre otros.

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